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6 Claves de las modificaciones al Estatuto del Consumidor: lo que debe saber

  • Ucep
  • 30 abr
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 7 may

De acuerdo con la ley 2439 del 19 de diciembre de 2024, que modifica la ley 1480 de 2011, se crean nuevas medidas de protección que favorecen al consumidor de comercio electrónico.


Dentro de los aspectos más importantes que se contemplan en la nueva ley respecto a las ventas a través de medios electrónicos están:

1. La devolución del dinero cuando el consumidor se retracta.

2. Las obligaciones del vendedor a través de medios electrónicos.

3. Los Portales de Contacto que son mecanismos para vender y cerrar transacciones y no solo puntos de contacto entre vendedores y compradores.

4. Qué debe considerarse intereses en las compras a través de sistemas de financiación.

5. Las Facultades administrativas de la SIC en la vigilancia de las ventas por medios electrónicos.

6. La entrada en vigencia de las modificaciones.


Frente a la obligación de suministrar información cierta, real, suficiente, clara y actualizada respecto a los productos que adquiere el consumidor, se extiende esta norma a los servicios y se incluye que tal información debe ser acorde con la naturaleza y destino del producto o servicio. Se exige también al proveedor que anuncie las restricciones de uso y cuidado que sean importantes para el consumidor.


Por otra parte, se señala que es necesario para todos los productos y servicios, sin excepción, indicar el plazo de validez de la oferta y la disponibilidad del producto. Lo anterior, teniendo en cuenta que los alimentos deben entregarse antes de su fecha de vencimiento.


De otro lado, frente a los canales de acceso para hacer las respectivas quejas o reclamaciones, la ley señala que estos deben ser de fácil acceso y ser atendidos de forma que garanticen la orientación y asistencia a las solicitudes de los consumidores.


En lo que respecta a las compras a través de sistemas de financiación, la norma precisa que se debe informar al consumidor de manera detallada sobre los cargos que se encuentren directamente asociados al crédito, así como dar claridad que estos cargos hacen parte de los intereses causados, sin que se pueda exceder los límites máximos legales vigentes.


Las modificaciones al artículo 50 de la Ley 1480 de 2011 entraron en vigencia el 19 de abril de 2025.  Las demás modificaciones ya están vigentes desde el 19 de diciembre de 2024.


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