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Cambiar las condiciones de la oferta al entregar un bien es considerado "publicidad engañosa": SIC

Noviembre de 2016.

 

El productor o proveedor de un bien o servicio, actúa como anunciante y es el responsable de las condiciones objetivas y específicas contenidas en la publicidad según reciente sentencia de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

 

La Superintendencia de Industria y Comercio en una nueva decisión,- sentencia 5108 de septiembre 15 de 2016- reiteró el derecho de los consumidores a recibir información completa, veraz, transparente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea de los servicios y productos que se les ofrecen.

 

En cuanto a la publicidad, determina la SIC que es el productor o proveedor quien debe desempeñarse como anunciante y ser responsable de las condiciones objetivas y específicas contenidas en la publicidad.

 

En cuanto a los medios, recuerda la responsabilidad solidaria que tienen por la publicidad en caso de comprobarse dolo o culpa grave frente a lo que constituye la publicidad engañosa.

 

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