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Conozca las nuevas pautas a tener en cuenta en el etiquetado frontal de alimentos



​La Resolución 2492, reglamentaria de la ley 2120, modifica varios artículos de la Resolución 810 de 2021, la cual establece los requisitos del etiquetado nutricional y frontal para alimentos envasados y empacados para consumo humano. Esta modificación cambia la forma en que debe aplicarse el sello frontal de advertencia en las etiquetas de algunos alimentos procesados o ultra-procesados.

Las disposiciones establecidas en la Resolución aplican a todos los alimentos para consumo humano, nacionales e importados que se comercialicen en el territorio nacional, exceptuando algunos alimentos de etiquetado nutricional, como fórmulas infantiles para niños y niñas entre 0 y 12 meses, alimentos para propósitos médicos especiales (APMES); infusiones de hierbas y frutas, té descafeinado e instantáneo, entre otros.

Lo que cambió


La nueva regulación busca hacer que los sellos sean ahora de forma octagonal y no circulares, como se tenía estipulado anteriormente. De la misma manera, los sellos deben tener los siguientes elementos:

  • Deben ser en fondo negro y borde blanco.

  • Las letras del texto de los sellos deben ser mayúsculas y de color blanco.

  • El tipo de letra será siempre Arial Bold.

  • En el mismo símbolo deberá inscribirse en letras blancas, la palabra MINSALUD (lo cual sobraba, pues no determina el cumplimiento de la regulación y en nada beneficia al consumidor).

  • Los símbolos deberán estar ubicados en el tercio superior derecho de la cara frontal o cara principal de exhibición.

  • Si el envase del producto es cilíndrico o en forma de cono, los sellos deben colocarse en el tercio superior central.

Los interesados en agotar las etiquetas que están bajo los lineamientos de la antigua regulación, tienen hasta el próximo 28 de febrero de 2023 como fecha límite para pedir al INVIMA la respectiva autorización para su uso. Igualmente, una posibilidad es utilizar adhesivos en la etiqueta, los cuales deben seguir los parámetros indicados en la Resolución 810 de 2021 modificada por la Resolución 2492 de 2022. El uso de adhesivos no requiere autorización previa.

Las regulaciones estipuladas en la Resolución 2492 de 2022 deben ser implementadas dentro de los seis meses siguientes a la publicación, es decir al 13 de junio de 2022.


Para obtener acceso al material completo provisto por el Ministerio de Salud con las especificaciones y ejemplos, puede hacer clic en:




Fuente: Jaeckel/Montoya Abogados - Ministerio de Salud y Protección Social

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